Pago de Facturas a Proveedores a cargo de la Participación en los Tributos del Estado (I)

El pasado 1 de julio el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto Ley (pendiente de publicación) para poner a disposición de los Ayuntamientos una línea de préstamos, para el pago de las facturas pendientes con empresas y autónomos a 30 de abril de 2011, con el fin de facilitar liquidez a las empresas y autónomos que tengan créditos pendientes de cobro con las entidades locales. La garantía de estas líneas de crédito será el 25 por 100 del importe anual de las entregas a cuenta de la participación de la entidad local en tributos del Estado del año 2011. Es decir los Ayuntamientos podrán pedir préstamos al ICO hasta el máximo del 25% de las transferencias del Estado en concepto de participación de tributos y si llegado el vencimiento no pueden hacer frente al pago, el Ministerio de Economía y Hacienda efectuará a favor del ICO la retención de la cantidad vencida y no pagada.

En la fecha de publicación de la mencionada Norma conoceremos el plazo para devolver el préstamo solicitado, condiciones requeridas, prelación de las obligaciones reconocidas o no reconocidas y demás detalles para poder analizar el alcance y la bondad de dichas nedidas,  así como la concreción y aplicacabilidad de la anunciada regla de gasto.